D E C I S I Ó N
En virtud de lo precedentemente expuesto, Juzgado Décimo Primero de Primera instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, 1º) HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano, MOISES CRISTANCHO ALBORNOZ, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad No.9.362.100, y las sociedad mercantil INVERSIONES Y TRANSPORTE PUERTO MAR INTRAMAR C.A, identificadas en los autos, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada 2º) ORDENA a la secretaria los trámites procesales correspondientes para el archivo del presente expediente.
EL JUEZ
ABG: EUSTOQUIO JOSE YEPEZ GARCIA
LA PARTE ACTORA LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA
ABG: YANEL MARITZA YAGUAS DIAZ .....