PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por el abogado NELSON ROLANDO TROMP PETIT, I. P S. A. 19.179, actuando en su carácter de apoderado de la ASOCIACION COOPERATIVA "CON PUNTO" R.L, contra la Sentencia Definitiva de fecha 15 de Enero de 2014, dictada por el Tribunal Segundo de Municipio del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, en el expediente Nº GP31-M-2013-000014.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia definitiva de fecha 15 de enero de 2014 dictada por el Tribunal Segundo de Municipio del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, en el expediente Nº GP31-M-2013-000014, que declaro con lugar la demanda de cobro de bolívares propuesta por el abogado en ejercicio Tomas Enrique Gil Herrera, en el carácter de apoderado judicial del ciudadano Kleiver Edgardo Bermudez Rios, contra la ASOCIACION COOPERATIVA "CON P.....