DECISIÓN
En fuerza de los razonamientos expuestos, esta Sala Nro. 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA COMPETENTE, para el conocimiento y decisión del Recurso de Apelación de Autos. SEGUNDO: SE ADMITE el Recurso de Apelación de Autos, interpuesto por las abogadas SABRINA DEL CARMEN CORTEZ CARRIZALEZ, Defensora Pública Provisoria Décima Sexta y NOELI DEL VALLE HERNÁNDEZ ROBLES, Defensora Pública Auxiliar, ambas con competencia en materia penal, adscrita a la Defensoría Pública del estado Carabobo, conforme a lo establecido en el artículo 439 numerales 4 y 5 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión dictada y publicado el auto fundado en fecha 02/10/2025, por el Tribunal Undécimo de Primera Instancia estadal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, mediante el c.....