Este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, presentado por la ciudadana HAIDELA TOMASA QUERALES DURÁN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.863.163, asistida por el abogado JOSÉ EFRAIN CASTILLO TABARE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 106.293, en el juicio por ACCIÓN MERODECLARATIVA DE UNIÓN CONCUBINARIA, incoado en contra de las ciudadanas AIRELA ALEJANDRA SÁNCHEZ QUERALES y MARÍA GABRIELA SÁNCHEZ QUERALES, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-20.385.575 y V-22.225.042, respectivamente, ello en razón a lo dispuesto en los artículos 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil.