En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia emanada de los Ciudadanos y Ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos YENNY ANTONIETA QUATTROCCHI PAREDES y JHONNATHAN ADENIS VALERO RINCÓN, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-12.932.341 y V-14.251.395 respectivamente y ambos de este domicilio, asistidos por el Abogado GREGORY JOHAN BOLÍVAR RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 101.512, a tenor de lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil y la Sentencia N° 693 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 02 de Junio de 2015, en el expediente N° 12-1163,.....