-IV-
DECISIÓN
Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BEJUMA, MONTALBAN Y MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA el convenimiento celebrado en fecha siete (07) de octubre de 2024 entre los ciudadanos YOHANA MILAGRO QUINTERO VELOZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.500.409 y LEONARD RAFAEL RODRIGUEZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-23.411.291, en relación a la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en beneficio del niño (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente).
SEGUNDO: No hay condenatoria en costa en virtud de la naturaleza del fallo.