En razón de lo anteriormente expuesto este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor De Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, presentada Sociedad Mercantil INVESIONES MAVISIL, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 30 de octubre del año 2006, bajo el N° 73, Tomo 99-A, RIF: J-31709974-5, representada por la ciudadana MARIA ELENA D´ALESSANDRO DE TIRABASSI, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-5.378.762, y de este domicilio, asistida por el abogado GONZALI ANTONIO SALGADO FUENTES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 180.934; en contra de los ciudadanos IRIS JOSEFINA SUAREZ DE MARTINEZ, LUIS ENRIQUE SALAS D.....