declara: PRIMERO: Homologado el convenimiento celebrado entre las partes, en el presente juicio que por DESALOJO de VIVIENDA, fue incoado por la ciudadana ZORAIRA TIBISAY GOMEZ GUTT, cedula de identidad N° V-8.738.110, debidamente asistida por la abogado YOHSI ELENA ROSALES DIAZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 125.201; Defensora Publica Segunda Provisoria con competencia en materia Civil y Administrativa Especial Inquilinaria y en Defensa de los derechos Vivienda, Adscrita a la Defensa Publica del estado Carabobo; en contra de la Ciudadana LISBETH DEL VALLE GARCIA TERAN, titular de la cedula de identidad número V- 15.528.090, debidamente asistida por la Abogada PEREZ SANCHEZ JULIA TERESA, Inpreabogado Numero 217.304, en la causa signada con el Nº 10676. Procédase como sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. SEGUNDO: La demandada Ciudadana LISBETH DEL VALLE GARCIA TERAN, titular de la cedula de identidad número V- 15.528.090, se compromete a entregar el inmueble ub.....