QUINTO: En consecuencia y a los fines de garantizarle a la parte actora ciudadano RICARDO SENDE OROZCO, representado por el apoderado judicial abogado LUIS ENRIQUE TORRES STRAUSS, plenamente identificados, la posibilidad de ejecución de la sentencia definitiva que debe recaer en esta causa, en el supuesto que le fuese favorable sin que esto pueda ser considerado como pronunciamiento sobre el Thema Decidendum, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, llenos como se encuentran los extremos de Ley, de conformidad con el ordinal 1° del artículo 585 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO sobre los bienes propiedad del demandado de auto, sociedad Mercantil SUPER TOYOMAGOS, CA., inscrita en el Registro Mercantil Primero de Valencia estado Carabobo, en fecha 06 de junio del año 2.012, bajo el N° 8, Tono 59-A, 314, con Numero de Información fiscal (R.I.F) J-40097012-1.....