En atención a las anteriores consideraciones, este Tribunal Administrando justicia actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara: HOMOLOGADO el DESISTIMIENTO, interpuesto por el ciudadano WIL ROBERT NATERA CASTRO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-26.161.251, asistido por el abogado ANDERSON RICARDO PEREIRA BLANCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 254.912, en la demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, contra la ciudadana MARY LUZ PEREZ MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.657.694. Y ASI SE DECIDE. Se acuerda la devolución de los originales dejando en su lugar copias fotostáticas certificadas.
Dada sellada y firmada en la Sala del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, a los Diez (10) días del mes de junio del año Dos Mil .....