Llegada la oportunidad para la pronunciación del Tribunal sobre la acción, encontró, que la parte actora pide Solicitud de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA de unas bienhechurías construida en un lote de terreno de propiedad del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI) Ubicada en la siguiente dirección: Sector Quebrada Honda, Calle Los Cocos, Casa Nº C4-2, en la Jurisdicción del Municipio Guacara del Estado Carabobo La cual tiene un área total de: DOS MIL DOSCIENTOS veintiséis METROS (2.226,00 M2) y un área de construcción de CUATROCIENTOS NOVENTA METROS CUADRADOS CON SETENTA Y SEIS CENTÍMETROS (490,76 Mts 2), Cuya competencia no corresponde a este Tribunal, pues la misma pertenece al Juzgado Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, conforme a los requisitos establecidos en el artículo 59 y siguientes de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Así como ajustar la actividad agroproductiva en las tierras arriba señaladas a los lineamientos que dictare el Instituto Nacion.....