En fecha Dos (02) de Abril del Año 2024, fue emanado del Tribunal Distribuidor Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Solicitud de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA; presentada por el Ciudadano: PEÑA BENÍTEZ DAVID ALEJANDRO, Venezolano, Mayor de edad, Soltero, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-30.191.441; asistido por la Abogada en ejercicio: ALBA CONCEPCIÓN SIMOZA, inscrita en el I.P.S.A bajo el N°49.210; resultando este Tribunal competente para conocer la presente Solicitud, alegando que en fecha Veintidós (22) de Marzo de 2024 realizo la compra de unas bienhechurías, que le pertenecían al Ciudadano: DURAN MORLES EDUARDO JAVIER, Venezolano, Mayor de edad, Soltero, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.140.847, tal como consta en documento privado de COMPRA VENTA, Ubicadas en la siguiente dirección: Sector Quebrada Honda, Calle Los Cocos, Casa Nº C4-2, en la Jurisdicción del Municipio Guacara del Estado Carabobo, con un área total de: DOS MIL DOSCIENTOS VEINTISEIS METROS (2.226,00 M2) y un área de construcción de CUATROCIENTOS NOVENTA METROS CUADRADOS CON SETENTA Y SEIS CENTÍMETROS (490,76 Mts 2). El cual se encuentra comprendido dentro los siguientes linderos y medidas: NORTE: en tres segmentos: Primer Segmento en línea recta de 22,18 M; Segundo Segmento en línea recta de 8,25 M, Tercer Segmento en línea recta 39,82 M aproximadamente, con Bienhechurías que es o fueron Jhonathan Zapata. SUR: en línea recta de 66,02 M. aproximadamente con la Calle 4, que es su frente. ESTE: en línea recta de 34,39 M. con Bienhechurías de Federico Araujo. OESTE: en línea recta de 37,76 M. aproximadamente, con bienhechurías que es o fueron de Federico Araujo. Que a efectos legales, necesita comprobar sobre los derechos de propiedad de las bienhechurías, solicita el RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA del documento privado de COMPRA-VENTA.
|