Por lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y
Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la
Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre
de la República y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA: INCOMPETENTE EN
RAZON DE LA MATERIA y declina para el conocimiento de la presente causa al
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Estado Carabobo, a tal
efecto remítase con oficio al Tribunal Distribuidor para su distribución y posterior
conocimiento, transcurrido el lapso previsto en el artículo 69 del Código de
Procedimiento Civil. Désele salida en los libros respectivos y líbrese oficio.
Publíquese, regístrese, y déjese copia, en Guacara Diez (10) de Abril del
2018. Años 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
LA JUEZ PROVISORIO
Abg. SANDRA BRETT CASTILLO
LA SECRETARIA TEMPORAL
Abg. GISELA SUCRE GIMENEZ
En esta misma fecha, siendo 9:00 a.m., se dictó, .....