Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Sede Valencia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la Inhibición planteada por la Abogada CARLA GABRIELA BRAVO JIMENEZ, en su carácter de Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de esta Circunscripción Judicial, en el asunto, signado bajo el Nº GP02-V-2016-001171, de conocer el asunto interpuesto por la ciudadana MARIA GABRIELA CALLES GAMBOA venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-12.567.167, en contra del ciudadano ANGEL PUENTE LERA venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.610.751. ASÍ SE DECIDE.