TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Mariara, 09 de Diciembre de 2014
203° y 154°
Visto el anterior escrito recibido por distribución, signado con el numero, 400, presentado por la ciudadana: ACEVEDO CARDENAS MARITZA ZULAY, titular de la cédula de identidad N° V– 15.861.560, de este domicilio, debidamente asistido por la Abogada MIRIAM OVIEDO DE QUERALES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 113.368. Désele, entrada, asígnesele numero, anótese en los libros respectivos y por cuanto la misma no es contraria a Derecho, al orden público ni a ninguna disposición expresa de la ley se ADMITE en cuanto ha lugar en derecho la presente solicitud contentiva de designación de Curador Ad Hoc. En cuanto al CURADOR AD-HOC solicitado, para el menor: DILAN ALEXANDER, se designa como tal, a la ciudadana: CARDENAS ARANDA ORFILIA, mayor de edad, titular de la cédula.....