PRIMERO: Acoge el informe de revisión y opinión de la experticia complementaria del fallo objeto de impugnación presentado y agregada a los autos en fecha 10 de Agosto 2016 realizada por la ciudadana, experto Lic. GLADYS SANDOVAL, Titular de la cédula de Identidad No.5.270.693, Contador Publica colegiada bajo el c.p.c. 28450 y ratificado por los expertos contables, Lcdo. YWAN SOLOVEY y Lcda. ALEIDA ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad No. 4.735.050 y No. 7.074.005 Administrador Comercial 2338 y Contador Publico 33.203 colegiados respectivamente en su orden, por cuanto, del informe pericial objeto de impugnación se verificó atendiendo a los parámetros ordenados en la sentencia definitiva por el Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo con sede en Valencia, de fecha 31 de Marzo 2015, en cuanto al lapso correspondiente de exclusión de día hábiles de 1540 días, 197 inhábiles en total correspond.....