Por las razones antes expuestas este Juzgado Primero de los Municipios Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CON LUGAR la presente solicitud de INSERCIÓN DE PARTIDA DE DEFUNCIÓN, intentada por los ciudadanos PASCUAL JOSE ROBLES DIAZ y CARMEN BELEN ROBLES DIAZ, portadores de las cédulas de identidad números V-4.544.696 Y V-7.187.471, respectivamente, quienes actúan en nombre y representación de la ciudadana MARIA DE JESUS DIAZ ROBLES, portadora de la cédula de identidad número V-322.507, asistidos por el Abogado WILIAN DIAZ GUZMAN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 22.435. En consecuencia se ordena remitir oficio a los jefes de las Oficinas de Registro Civil Competentes, a los fines de que inserten como acta de defunción de JOSE MARIA DÍAZ RAMOS, copia certificada del presente pronunciamiento, que de acuerdo a l.....