Se mantiene la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad a los acusados, plenamente identificado ut supra, y se ORDENA, fijar nuevamente por Agenda Única, y a la mayor brevedad posible, Audiencia Especial, a los fines antes señalados, de conformidad con lo establecido en el articulo 244 Último Aparte, del Código Orgánico Procesal Penal. Así se Decide. Notifíquese a las partes de la presente decisión.