En razón de lo anteriormente expuesto este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia emanada de los Ciudadanos y Ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se Declara: PRIMERO: INCOMPETENTE por la MATERIA, para conocer de la demanda de DIVORCIO 185, presentado por la Ciudadana LUISA SULENNYS RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.622.965, y de este domicilio, asistida por la Abogada en ejercicio MARYORIE DIAZ, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 49.290, en contra del ciudadano ANTONIO MARIA MOSQUERA ARROYO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.872.520 y de este domicilio. SEGUNDO: SE DECLINA la competencia a uno de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Ban.....