En mérito de los argumentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación interpuesto por el abogado Antonio Benítez, actuando en su carácter de apoderado judicial de la entidad de trabajo SEGUROS CARABOBO C.A. Así se decide.
CONFIRMA el la decisión dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo- sede Puerto Cabello, de fecha 07 de junio de 2017, mediante la cual declara IMPROCEDENTE la solicitud de suspensión requerida. Así se establece.
ORDENA remitir el presente asunto al Tribunal de Origen, Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado .....