Por las razones expuestas, esta Sala Nro 02 de la Corte de Apelaciones en lo Penal y Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley. DECLARA IMPROCEDENTE SOBREVENIDAMENTE, el Recurso de Apelación de Autos, interpuesto por los Abogados LUIS ARMANDO BETANCOURT y JENNIE GUTIERREZGAMEZ, en su condición de defensores privados, en el asunto N° GP01-P-2014-001945, seguido a los imputados DANIEL ALEJANDRO SANTIAGO QUEIROZ, CESAR OSMEL LUCIANI LINAREZ, OSWALDO JOSE TORRES SEGUER, EDUARDO JOSE AÑEZ BURGOS, CARLOS ENRIQUE BERTRAND BALLESTERO, JUAN MANUEL CARRASCO GONZALEZ, GERNI WUISTON LOMBANO BARRETO, JORCHUAL GREGORI VARGAS, JORGE LUIS LEON, ANDRES JAVIER RINCON LAMAS y JEAN PIER JOSE RODRIGUEZ SOTILLO., de la decisión dictada por el Tribunal sexto en Función de Control de fecha 22-09-2014, por la presunta comisión de los delitos de DAÑO VIOLENTO A LA PROPIEDAD, previsto y sancio.....