- SIN LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN ejercido por la demandada.
- CON LUGAR la acción incoada por el ciudadano JOSE GREGORIO CEBALLOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 8.417.161, contra el MUNICIPIO VALENCIA DEL ESTADO CARABOBO, condenando a éste último a reconocer al primero su condición de JUBILADO y a pagarle las pensiones mensuales que se hubieren causado, a partir del 24 de octubre de 1999, a tenor de lo previsto en la Cláusula 45 de la Convención Colectiva suscrita entre el Municipio Valencia y el Sindicato Único de Trabajadores de la Alcaldía y del Aseo Urbano Domiciliario y Similares del Estado Carabobo; con vigencia de dos años contados a partir del 1º de septiembre de 1996, reconociéndole al demandante todos los beneficios adicionales que le correspondan en su condición de jubilado.
- Queda en estos términos CONFIRMADA la sentencia recurrida.