III.- DISPOSITIVA:
En mérito de las anteriores consideraciones, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN MARIARA, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, interpuesta por la ciudadana MAR CAROL DELGADO HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.683.780, representada por la Apoderada Judicial ANAURA COROMOTO TONA TANG, abogada en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 156.225, contra la ciudadana IDILIA MARGOTH MONSALVO DE PERTUZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-22.736.763 representante legal de la firma personal FLORISTERÍA FLORYS SHOP, asistida en este acto por la DEFENSOR AD LITEM .....