Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR la apelación y CON LUGAR la acción formulada por los ciudadanos FRANCISCO GONZÁLEZ, SERGIO VERENZUELA y CARLOS GARCÍA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 15.739.039, 8.169.11 y 19.756.880 contra la sociedad de comercio "INMOBILIARIA IRMA MARCHAN" C.A. plenamente identificada en autos.
SIN LUGAR la apelación y PARCIALMENTE CON LUGAR la acción formulada por el ciudadano CARLOS ARTURO GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 24.974.448 contra la sociedad de comercio "INMOBILIARIA IRMA MARCHAN" C.A. plenamente identificada en autos.-
PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida por la parte demandada y en consecuencia MODIFICADAS las decisiones recurridas.-