este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena de forma SUMARIA, al Tribunal Primero de los Municipios Urbanos Del Distrito Valencia, (HOY) Tribunal segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo y a la Oficina del Registro Principal del Estado Carabobo; y estampar la debida Nota Marginal en el ACTA DE MATRIMONIO, de la ciudadana CARMEN CRISTINA ARREVILLAGA, previamente determinada así donde dice: " HIJA DE RAMON HERNANDEZ ALVARAY", siendo esto incorrecto, ya que se desprende del acta de nacimiento que riela al folio seis (06) lo siguiente "QUE LA CIUDADANA CARMEN ARREVILLAGAS ES HIJA NATURAL DE .....