En orden a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto Tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley declara:
INADMISIBLE la Recusación planteada por el ciudadano abogado ARMANDO ZAVARSE, Venezolano, mayor de edad, inscrito por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número: 55.655, contra la ciudadana Jueza Quinta de Primera Instancia de Juicio Tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, abogada ZURIMA ESCORIHUELA.
Se impone al recurrente de conformidad con lo establecido en el artículo 42 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo un multa equivalente a 10 unidades tributarias que deberá pagar de.....