En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, pasa a decidir en los siguientes términos: De conformidad con el artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, se admite totalmente la acusación y las pruebas presentadas en contra de OSVAL FERMIN RODRIGUEZ DUARTE, quien es venezolano natural de Caracas, Distrito Capital, nacido el 07-07-67 de 37 años de edad, soltero, de profesión u oficio cocinero, hijo de vigilante, hijo de FRANCISCO JOSE RODRIGUEZ y ANDREA BENIGNA DUARTE, titular de la cédula de identidad N° 9.486.770, residenciado en el Barrio Universitario, calle 28, segundo callejón, parte alta, casa N° 116, Puerto Cabello, Estado Carabobo; por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑOS, previsto y sancionado en el encabezamiento del .....