II
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuestos, En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARLOS ARVELO DECLARA: suficientes las probanzas para conceder Titulo Supletorio suficiente a favor de los ciudadanos: OMAR DE JESÚS JUAREZ LEÓN Y LUCINDA EMILIA FABIANI PINEDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V- 7.067.688 y V-9.830.559 respectivamente, sobre una casa de habitación familiar de NOVENTA Y SIETE CON DIECISEIS METROS CUADRADOS (97,16) construida sobre una extensión de terreno que mide aproximadamente: CIENTO VEINTISEIS METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y OCHO CENTIMETROS (126,88 mts2) propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI) ubicada en la Calle El Samán entre Calle Paragüeña y Calle Principal, Casa Nº. 5-A, Sector La Linda, Parroquia Güigue Municipio Carlos Arvelo del Estado Carabobo y está comprendida dentro de los l.....