Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
1.- CON LUGAR, la Oposición a la Medida de SECUESTRO, formulada por la Abogada Yurelis Velázquez Tineo inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 56.968. actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano JUAN JOSÉ TORO PÉREZ venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-14.058.305.
2.- Se suspende la Medida de SECUESTRO decretada sobre un inmueble constituido por un local comercial distinguido con el número 02, ubicado en el Barrio Las Flores, calle Las Flores N° 96-5, lote 39, parroquia San José Municipio Valencia estado Carabobo decretada por este Tribunal, en fecha 08 de febrero de 2023.
3.- No hay condenatoria en costas p.....