Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Hecho ejercido por el abogado JOSÈ RAFAEL VARGAS SÀNCHEZ, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano OMAR COLMENARES SÀCHEZ, titular de la cédula de identidad V.-3.999.314, parte actora.
SEGUNDO: Quedan en estos términos CONFIRMADOS los autos recurridos de hecho de fecha 15 y 19 de Junio del año 2017, proferidos por el Tribunal Cuarto de Juicio de este Circuito Judicial Laboral.