Por todos y cada uno de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: SIN LUGAR LA DEMANDA que por DESALOJO DE VIVIENDA, (FALTA DE PAGO DE LOS CANONES DE ARRENDAMIENTO Y SUB-SARRENDAMIENTO DEL INMUEBLE), intentó la Sucesión de HECTOR BETANCOURT JAEN, número de Rif-J-40228374-1, integrada por los Ciudadanos GRACIELA NOVOA DE BETANCOURT, HECTOR BETANCOURT NOVOA, GRACIELUZ BETANCOURT DE GIMON, MARISOL BETANCOURT DE SILVA y CAROLINA BETANCOURT DE FERREIRA, titulares de la cédula de identidad Nros. V-425.277, V-4.625.483, V-4.625.484, V-6.355.184 y V-6.367.513, respectivamente, mediante sus Apoderados Judiciales Abogados GAUDI JOSE TINEO LUGO y RENE RAMON ROMERO, debidamente inscritos en el I.....