En cuanto a las costas, este Tribunal, condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida en el presente procedimiento. Publíquese y Regístrese la presente decisión. Años 197° y 148°, en PUERTO CABELLO, a los ocho (08) días del mes de Enero del año Dos Mil Ocho (2008).-
El JUEZ
Abogado. JOSE GREGORIO KELZI
LA SECRETARIA ACCIDENTAL
Abogada. CARMEN VACCARO
En esta misma fecha se publicó la anterior sentencia siendo las 01:00. P.M.
LA SECRETARIA