El tribunal deja expresa constancia que la presente Mediación y Conciliación se ha efectuado tomando en cuenta las disposiciones de los artículos 253 y 258 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 257, 258, 261 y 262 del Código de Procedimiento Civil y el articulo 3, parágrafo único de la Ley Orgánica del Trabajo y por cuanto que los acuerdos contenidos en la presente Acta son producto de la voluntad libre, consiente y espontánea expresada por las partes y en vista que dichos acuerdos tienden a garantizar una armoniosa resolución de las controversias a que se refieren los procesos y a restablecer el equilibrio jurídico entre las partes y en virtud que los acuerdos no son contrarios a derechos y se adaptan a los criterios jurisprudenciales que han sido establecidos por el tribunal Supremo de Justicia: Finalmente la Juez interroga al Trabajador sobre los acuerdos aquí plasmados y los términos de la transacción y le explica los part.....