Por las razones anteriormente expuestas este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS GUACARA Y SAN JOAQUIN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO incoada por el Abogado MANUEL VICENTE ROMAN RAMIREZ, quien actúa en nombre y representación de los ciudadanos ROSILDA MARGARITA GAINZE y FREDDYS ALFONSO BELLO RODRIGUEZ, portadores de las cédulas de identidad números V-4.453.716 y V-3.842.508, respectivamente, contra los ciudadanos ARMINDO JOSE RODRIGUEZ y JULION CESAR RODRIGUEZ BRICEÑO, portadores de las cédulas de identidad número V-12.103.462 y 16.053.295, respectivamente.-
En consecuencia, se de declara RESUELTO el Contrato de Arrendamiento celebrado en fecha diecisiete (17) de agosto del dos mil seis (2006), por ante la Notaría Pública de Guacara, Estado Carabobo, quedando anotado bajo el Número 42, Tomo .....