DISPOSITIVA
En fuerza de la anteriores consideraciones este Juzgado administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de
Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la demanda incoada por ante este Tribunal por las Abogadas CARMEN SOLEIMA SAID CAFFRONI Y JUANA BREA ACOSTA, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana: NORMA TERAN DE MATHEUS en contra de la ciudadana JUANA LISSBETH AREVALO BARRIOS, asistida por el abogado TOMAS PAEZ GARCIA por: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, todos plenamente identificados en autos, y se condena a la parte demandada por haber resultado vencida a ENTREGAR el inmueble, completamente desocupado de bienes y personas en el mismas buenas condiciones en que lo recibió y solvente de todos los servicios públicos. Al pago de la Cantidad de SETECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL SETENTA Y TRES BOLIVARES con 10/100 CENTIMOS (Bs.765.073,10), por concepto de servicio de agua. Y las costas procesales de conformi.....