Con fuerza de las precedentes consideraciones, este Tribunal Noveno de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONDENA al acusado: CARLOS LUIS PEREZ MICHELENA, Venezolano, de 24 años de Edad, Titular de la Cedula de identidad V.- 29.821.774, fecha de nacimiento 17-06-1999, Natural de Valencia, con residencia fija en Urbanización La Quizanda, Calle C, Casa N° 75-53, Parroquia Rafael Urdaneta, Municipio Valencia estado Carabobo, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS y OCHO (08) MESES DE PRISION, mas las accesorias de Ley establecida en el artículo 16.1 del Código Penal, por la comisión del delito de ROBO ARREBATON, Previsto y Sancionado en el Primer aparte del Artículo 456 del Código Penal y el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 112 de la ley para el desarme y control de armas y municiones, se le exonera del pago de costas pro.....