Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA COMPETENTE, para conocer, sustanciar y decidir la presente demanda de ACCION MERODECLARATIVA DE RECONOCIMIENTO DE RELACION ARRENDATICIA, planteada por la ciudadana RUSSELIN ADELAIDA RUIZ ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-13.899.587, contra los ciudadanos GLADYS BEATRIZ SALAZAR CANDERLO y DIRXON JAVIER MUÑOZ PINTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N° V-7.659.946 y V-12.108.093.
SEGUNDO: Una vez quede firme la presente decisión este Tribunal, continuara el trámite de la causa en la etapa procesal en que se encuentre.