La Sala dictó pronunciamiento mediante el cual declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el Abogado LUIS EDUARDO MELÉNDEZ U., actuando con el carácter de defensor privado del ciudadano Elvis José Zambrano Martínez, en contra de la decisión dictada en fecha 18 de junio de 2012, publicada en auto de fecha 21 de junio de 2012 por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en las actuaciones del asunto Nº GP01-P-2012-012076, mediante la cual fue decretada Medida Privativa de Libertad al ciudadano ELVIZ JOSÉ ZAMBRANO MARTÍNEZ por la presunta comisión de los delitos de SECUESTRO, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley Contra la extorsión y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el articulo 218 del Código Penal. SEGUNDO: Se confirma la decisión recurrida.