En orden a los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN VALENCIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: DESISTIDA LA ACCION interpuesta por los ciudadanos RAFAEL ENRIQUE MÉNDEZ y JOAQUÍN GUILLERMO ARCINIEGAS ORTEGA contra las empresas LOGÍSTICA EL VIGÍA, C.A. e INVERSIONES 24-24, C.A., todos suficientemente identificados en el cuerpo del presente fallo.