DISPOSITIVO DEL FALLO
En mérito de las razones anteriormente explanadas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE COMPRA VENTA, incoada por la abogada BETTY CONTRERAS DE HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-2.751.166, inscrita en el IPSA bajo el N° 34.776 de este domicilio, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana YASNEIDA MAILIN GONZALEZ RIVAS, venezolana, mayor edad, titular de la cedula de identidad número V-2.751.166, con domicilio en Orlando Florida, Estados Unidos de Norte América, según consta en copia simple de poder general de administración y disposición otorgado por ante la Notaria Publica del estado de Florida en fecha 20 de septiembre del año 2022 y .....