Este Tribunal Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio, de los ciudadanos ANDRIS ARBENIS AROCHA y ROSALINDA RIOS BENITEZ, ya identificados suficientemente en autos, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde el día 02 de marzo de 2001, por ante la Primera autoridad Civil de la Prefectura del Municipio Guacara del estado Carabobo, según consta de Acta de Matrimonio Nro. 27, folio Nro. 27, tomo I, del año 2001, de los Libros de Registro Civil de matrimonios llevados por ante ese despacho. Así se Decide.