En mérito a las consideraciones que anteceden, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud intentada por la ciudadana EGLI YARITZA MOTA QUINAL venezolana, mayor de edad, V-16.445.705, asistida por la Abogada EUDIMAR MILEXIS CARRILLO inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 218.782 por DIVORCIO POR DESAFECTO.
Publíquese, Regístrese y déjese copia de la sentencia.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. En Valencia, a los siete (07) días del mes de julio del dos mil veintitrés (2023). .....