De conformidad a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo con sede en Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
DESISTIDO, el recurso de apelación planteado por el ciudadano Wladimir José Ochoa López, debidamente asistido por el Abogado Gustavo Adolfo Sequera, contra la Sentencia Definitiva dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, sede Puerto Cabello, de fecha 23 de abril de 2015, mediante la cual declaró con lugar la caducidad de la acción del recurso de nulidad incoado contra el acto de efectos particulares, contenido en la Providencia Nº 00335 de fecha 08 de julio de 2014, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora del estado Carabobo, donde declaró CON LUGAR la solicitud de autorización para despe.....