DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin lugar la apelación ejercida por la parte demandante.
SEGUNDO: Parcialmente con lugar la apelación interpuesta por la parte demandada.
TERCERO: Parcialmente con lugar la demanda incoada por la ciudadana ELBA SÁNCHEZ contra la empresa PROAGRO, C.A. ya identificados, y se condena a ésta a cancelar a la actora la cantidad de Bs. CUARENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA CON 75/100 (Bs. 47.970,75), conforme al siguiente detalle:
Indemnización conforme a lo establecido en el ordinal 4º del artículo 130 de la Lopcymat: Bs. 35.970,75
Daño Moral: Bs. 12.000,00.