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Decisiones del dia 07/05/2010

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : GP21-L-2010-000110 N° Sentencia : PJ0062010000104 Fecha: 07/05/2010
Procedimiento:
Transacción
Partes:
JESUS RAFAEL LEON. CONTRA PENINSULA MARINE OP C.A.
Resumen:
Este Juzgado Décimo Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, en vista de que el proceso de mediación fue positivo, de conformidad con lo señalado en el articulo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el presente proceso y no habiendo vulneración de derechos irrenunciables al trabajador derivados de la relación de trabajo, ni hay violación de normas de orden publico, homologa el presente acuerdo de las partes, tal como lo han establecido las partes en la presente acta, dándole en consecuencia los efectos de cosa juzgada. Por ultimo se deja constancia que este Tribunal ordena en este acto la devolución del escrito de pruebas presentado por cada una de las partes y se ordena el archivo definitivo del expediente por haberse concluido el presente proceso. Se acuerda expedir a cada una de las partes copia de la presente acta. Terminó, se leyó y conformes firman.
Juez/Ponente:
Eustoquio José Yépez García
Organo:
Tribunal Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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N° Expediente : GP21-L-2010-000188 N° Sentencia : PJ0062010000103 Fecha: 07/05/2010
Procedimiento:
Transacción
Partes:
GEORGE JOSE CARMONA GARCIA. CONTRA LOGISTICA LLAMAR, C.A.
Resumen:
Atendiendo al llamado del Tribunal en el sentido de convenir una formula transaccional para dar por terminadas en todas y cada una de sus partes la reclamación suficientemente identificada en este documento, asimismo, en el interés común de las partes de evitar todo litigio, juicio o controversia, tanto presentes como futuros, sobre derechos que se causaron o pudieron causar con motivo u ocasión de las relaciones que existieron o pudieron existir entre las partes y su terminación; y haciéndose reciprocas concesiones, las partes convienen en fijar con carácter transaccional, la cantidad DOCE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES BOLIVARES CON CUARENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 12.253,47); Como monto definitivo de todos y cada uno de los conceptos que le corresponden y/o pudieren corresponderle a LA ACTORA, contra la DEMANDADA DE LA HOMOLOGACIÓN Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 258 Constitucional, 3.....
Juez/Ponente:
Eustoquio José Yépez García
Organo:
Tribunal Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
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