N° Comisión: 1.031-05 Fecha: 07-04-2005
Partes:
Demandante: JORGE LUIS VELOZ FLORES
Demandado: C.A. Hidrológica del Centro (HIDROCENTRO .
Abogado Actor: MARÍA E. MÁRQUEZ
Medida: SECUESTRO
Resumen:
Se trasladó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en compañía del ciudadano Jorge Luis Veloz Flores, asistido por la abogada María E. Márquez, parte actora, a la Calle Páez, Centro Comercial Guacara, Mezzanina, Locales 96 al 106, donde se encuentra establecida la sede de la Empresa Querellada C.A. Hidrológica del Centro (HIDROCENTRO), Municipio Guacara del Estado Carabobo, con el fin de practicar la RESTITUCIÓN.- La abogada actora en asistencia del querellante, solicita al Tribunal Ejecutor, que por cuanto evidentemente se hace imposible la practica de la medida comisionada, de acuerdo a la información aportada por la Secretaria que ha sido notificada; en consecuencia sea fij.....