Vista el convenimiento laboral de fecha 21 de Marzo del año 2006, presentada por los abogados JESSICA DELLEPIANE, abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA bajo el No. 39.631, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada ciudadano REINALDO APOLLONIA SIEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.814.097, y CARLOS JHONGE, abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA bajo el No. 22.525, actuando en su carácter de apoderado judicial del demandante, ciudadano CARLOS GONZALEZ, en donde la parte demandada ofrece pagar al demandante por la relación laboral que sostuvo con su persona por un lapso de un (01) año, diez (10) meses y quince (15) días, la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.500.000,00) para ser pagada en tres (03) cuotas, cada una por la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.500.000,00).
El Tribunal de la causa, con vista al cumplimiento en su totalidad de la transacción suscrita entre las partes y por cuan.....