Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado ROGELIO ENRIQUE ALVAREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 74.349, en su carácter de Apoderado del solicitante ciudadano CARLOS RAUL FLORES SIRA, por cuanto no logro probar sus alegatos.- Y así se decide.
CONFIRMA la sentencia dictada por el Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 17-enero-2006, que consideró desistido el procedimiento y terminado el proceso. Y así se decide.
SE ORDENA remitir el presente asunto al Tribunal de origen, en la oportunidad correspondiente.
De conformidad con el Artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en su aparte único, no se emite pronunciamiento al pago de las costas procesales, por no estar comprobado que el trabajador devengue más de tres (3) salarios mínimos. Y así se decide.....