Vista la solicitud presentada por el abogado: NESTOR RAMON ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.012.201, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº144.956, quien actúa en su propio nombre y representación, donde solicita se le decrete TITULO SUPLETORIO sobre las Bienhechurías que ha construido a sus expensas y con dinero de su propio peculio, cuyas características, linderos y ubicación se especifican en el escrito libelar, las cuales se encuentran fomentadas sobre un terreno de su propiedad Ubicado en el Sector Sabaneta Norte, Municipio Montalbán, Estado Carabobo, e igualmente vistas las declaraciones de los testigos presentados por el solicitante y siendo este Juzgado competente para tramitar y proveer en sede de Jurisdicción Voluntaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a Terceros, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE ME.....