REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
POR AUTORIDAD DE LA LEY
EL TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BEJUMA, MONTALBAN Y MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Montalbán, 07 de Febrero 2023.
Años: 212° y 163°
SOLICITANTE: Abogado NESTOR RAMON ROJAS (Actuando en su propio nombre y representación).
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA: AUTONOMA RESUELTA
EXPEDIENTE N°: 04-23.

Vista la solicitud presentada por el abogado: NESTOR RAMON ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.012.201, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº144.956, quien actúa en su propio nombre y representación, donde solicita se le decrete TITULO SUPLETORIO sobre las Bienhechurías que ha construido a sus expensas y con dinero de su propio peculio, cuyas características, linderos y ubicación se especifican en el escrito libelar, las cuales se encuentran fomentadas sobre un terreno de su propiedad Ubicado en el Sector Sabaneta Norte, Municipio Montalbán, Estado Carabobo, e igualmente vistas las declaraciones de los testigos presentados por el solicitante y siendo este Juzgado competente para tramitar y proveer en sede de Jurisdicción Voluntaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a Terceros, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BEJUMA, MONTALBAN Y MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, declara TITULO SUPLETORIO de las bienhechurías identificadas en la solicitud, a favor del ciudadano: NESTOR RAMON ROJAS. Identificado anteriormente, se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse estas actuaciones en original con sus resultas a la parte interesada.
EL JUEZ PROVISORIO

Abog. OSCAR JESUS NAVAS NAVAS.
EL SECRETARIO

Abog. HUGO ALEXANDER ARRIECHE
En la misma fecha se devuelve a la parte interesada, constante de quince (15) folios útiles.
EL SECRETARIO

Abog. HUGO ALEXANDER ARRIECHE.

Sol. 04-23.
OJNN/Ha/aap.-